La hipoteca como alternativa, para garantizar un crédito fiscal ante la autoridad.

De conformidad con el artículo 2893 del Código Civil Federal, “la Hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley”.

Ahora bien, el Código Fiscal de la Federación establece en la Fracción II del Artículo 141 que el contribuyente podrá garantizar el crédito fiscal cuando solicite la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución (PAE), a través de la Hipoteca, garantía que se presentará ante la autoridad exactora.

Por su parte el Reglamento del Código Fiscal de la Federación en la Fracción II del Artículo 81 establece que la Hipoteca se constituirá sobre bienes inmuebles por el 75% del valor de avalúo o del valor catastral.

Los requisitos a considerar para garantizar un crédito fiscal a través de Hipoteca, son los siguientes:

1. Identificación oficial del contribuyente o, en su caso del representante legal, en original, para cotejo y fotocopia.

2. Formato de Garantía del Interés Fiscal, firmada por el contribuyente o por el representante legal (en dos tantos).

3. Instrumento notarial, con el que se acredite la personalidad del representante legal en original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y fotocopia, manifestando “Bajo protesta de decir verdad” que el poder no le ha sido modificado ni revocado, en su caso.

4. Solicitud para elaborar avalúo de los bienes ofrecidos en garantía, especificando los datos de la persona que acompañará al perito valuador en la revisión física.

5. Escritura pública o título de propiedad que lo acredite como legítimo propietario del bien en original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y fotocopia.

6. Original del certificado de libertad de gravamen expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio (RPPyC) que corresponda, expedido con un máximo de tres meses de anticipación a la fecha de la solicitud, en el que no aparezca anotado algún gravamen ni afectación urbanística o agraria.

7. Fotocopia de la última boleta de pago del impuesto predial.

8. En caso de estar casado en sociedad conyugal; original del escrito del cónyuge debidamente firmado, en el que se manifieste la aceptación para constituirse como obligado solidario; acta de matrimonio en original o copia certificada por fedatario público (para cotejo) y fotocopia, e identificación oficial vigente del cónyuge en original (para cotejo) y fotocopia.

9. En caso de que el bien o los bienes se encuentren en copropiedad, original del escrito del copropietario debidamente firmado, donde se manifieste la aceptación para constituirse como obligado solidario; original para cotejo y fotocopia de la identificación oficial vigente de copropietario.

10. Manifestación bajo protesta de decir verdad señalando, si el bien o los bienes ofrecidos, garantizan otros adeudos y en su caso mencionar el número de resolución.

Los requisitos señalados se encuentran establecidos en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación y en la Resolución Miscelánea Fiscal correspondientes.>/p>

Adicionalmente a lo señalado, es importante destacar, si el inmueble reporte gravámenes, la suma del monto total de éstos y el interés fiscal a garantizar no podrá exceder del 75% del valor.

El otorgamiento de la garantía a través de Hipoteca, se hará mediante escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que corresponda y contener los datos del crédito fiscal que se garantice.

El contribuyente podrá garantizar con la misma Hipoteca los recargos futuros o ampliar la garantía cada año.

Bajo tales consideraciones es conveniente que el contribuyente conozca las formas de garantizar un crédito fiscal a efecto de proteger su patrimonio y evitar contingencias con la autoridad fiscal.

Autor: Pasante en Derecho Ivan Maya Vázquez.
Área: Litigio Fiscal/Administrativo.
Validado por: Lic. Carina Beatriz Rosales Díaz